miércoles, 9 de julio de 2008

Artículo 94 del Código de transito

Navegando por internet me encuentro este artículo del código de transito donde nos indican a los motociclistas como conducir.

El artículo 94 del Código indica textualmente entre otras, las siguientes normas de circulación para las motos:

• "Deben transitar por la derecha de las vías a distancia no mayor de un (1) metro de la acera u orilla y nunca utilizar las vías exclusivas para servicio público colectivo."

• "Los conductores que transiten en grupo lo harán uno detrás de otro"

• "No deben sujetarse de otro vehículo o viajar cerca de otro carruaje de mayor tamaño que lo oculte de la vista de los conductores que transiten en sentido contrario."

• "No deben adelantar a otros vehículos por la derecha o entre vehículos que transiten por sus respectivos carriles. Siempre utilizarán el carril libre a la izquierda del vehículo a sobrepasar."

AHORA LA CONTRADICCIÓN....ENTONCES QUE DEBEMOS HACER?

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